El pronunciamiento de la Corte Constitucional frente a tres acciones de tutela relacionadas con la falta de recursos electrónicos y acceso a internet, que impedían la prestación del servicio educativo, significó un ‘jalón de orejas’ para el Gobierno Nacional.
Dichos mecanismos fueron instaurados por padres de familia contra el Ministerio de Educación, la Red Académica de Tecnología Avanzada, la Secretaría de Educación de Bogotá y la Empresa de Teléfonos de Bogotá.
En la Sentencia de Unificación 032 de 2022, publicada el 3 de febrero, la Corte ordenó tanto al Ministerio de Educación como a las entidades territoriales que en un término de seis meses “complementen, actualicen, y/o formulen e implementen, si aún no lo han hecho, un plan o conjunto de estrategias que permitan evaluar a nivel nacional y territorial el impacto que ha tenido la pandemia generada por la covid-19 en el servicio de educación, en los docentes y en los estudiantes”.
Del mismo modo, se ordenó la mejora de las medidas ya implementadas en materia educativa, a través de:
- Acompañamiento psicológico.
- Nivelación de contenido.
- Reducción de las cifras de deserción.
- Focalización de la estrategia de conectividad en las zonas de mayor vulnerabilidad.
Lo anterior, por instrucción de la Corte, en cabeza del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, será posible con ayuda de una comitiva de expertos.
Así mismo, el Gobierno deberá formular una política pública de prevención ante situaciones de pandemia, catástrofes o calamidades públicas. Esto, con el objetivo de “evitar y resolver problemas excepcionales que alteran o amenazan alterar el normal funcionamiento de la educación”.