Este martes 10 de enero los animalistas se sorprendieron al conocer un fallo de la Corte Constitucional en el que ordena a la Alcaldía de Bogotá abstenerse de incurrir en cualquier acción que impida el cumplimiento de un fallo de tutela de 2013, en el que se había ordenado la restitución inmediata de la Plaza de Toros de Santa María como lugar permanente para la realización de "espectáculos taurinos y la preservación de la cultura taurina".
Así las cosas, para el Alto Tribunal, se deben rehabilitar en su integridad las "instalaciones de la Plaza para la realización de espectáculos taurinos en las condiciones habituales de su práctica, como expresión de la diversidad cultural y el pluralismo social".
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Debido a que el fallo anterior no se ha cumplido, los taurinos interpusieron ante la Corte un recurso para que se abriera un desacato.
Ahora, la Corte Constitucional optó por declarar que el "Instituto Distrital de Recreación y Deporte incumplió la sentencia T-296 de 2013, con el proceso de selección abreviada de menor cuantía No. IDRD-STP-CAMEP-092- 2021".
El desacato se dio porque esta licitación, a criterio de la Corte, no incluye lo suficiente debido a que en sus estudios previos y documentos se solicitó la eliminación de elementos de ese espectáculo taurino como lo son "la vara o pica, las banderillas y la muerte del toro, desconociendo así las órdenes de la Sentencia T-296 y desnaturalizando la actividad taurina".
En la decisión, tomada con ponencia del magistrado Alejandro Linares Cantillo, dice: "Esto, pues no solo consiguen la suplantación del espectáculo taurino por otra actividad radicalmente diferente, sino porque además con ello invaden los momentos en los que tradicionalmente se practica la tauromaquia y que son los únicos en que la Plaza puede destinarse para dicha actividad, de acuerdo con los condicionamientos de la sentencia C-666 de 2010, que refirió a condiciones de temporalidad para su realización".
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Ahora, el IDRD deberá garantizar el pleno cumplimiento de la sentencia T-296 de 2013, y a partir de la siguiente temporada taurina, "desplegar las actuaciones administrativas y contractuales requeridas para garantizar la continuidad de la expresión artística de la tauromaquia en la ciudad de Bogotá (Plaza de Toros de Santa María)".
Esto, "bajo las claras y precisas condiciones para el desarrollo del espectáculo taurino tradicional, conforme a lo consagrado en la Ley 916 de 2004; y el estricto cumplimiento a los principios de la función pública y la contratación estatal, lo cual incluye la estructuración y apertura de procesos de selección contractual bajo plazos y en términos razonables que permitan a los interesados evaluar y preparar sus propuestas, así como disponer del tiempo necesario para organizar adecuadamente el evento".
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